La Cámara de Diputados dio media sanción al proyecto de ley que alivia la situación de alrededor de 1.400 deudores de créditos hipotecarios UVA, en el cual se plantea que la cuota a abonar no debe superar el 30% de los ingresos.
En el tratamiento más extenso -casi cuatro horas- la Cámara baja debatió el proyecto que también plantea modificar el sistema de actualización de los créditos hipotecarios UVA, definido durante el gobierno de Mauricio Macri, que establece a la evolución de la inflación como parámetro de ajuste de las cuotas.
La votación arrojó 134 votos afirmativos; 40 negativos y 18 abstenciones.
La presidenta de la Comisión de Finanzas, Alicia Aparicio, explicó los detalles del dictamen de mayoría sobre el nuevo sistema de actualización de los créditos UVA que tendrán los tomadores de esos préstamos.
En ese sentido detalló que “el valor de la cuota a pagar por el deudor será determinado en función de la actualización mensual del saldo de capital por el índice actualizable por remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (IAR) determinado en la presente ley, u otra variante que se establezca en función de la remuneración imponible promedio de los trabajadores estables (RIPTE)”.
Agregó que “la diferencia contemporánea entre la cuota pagada por el deudor y la que debiera percibir la entidad financiera según las condiciones originales del crédito dará lugar a una compensación monetaria que será cubierta por el Fondo Fiduciario de Compensación y Promoción Hipotecario (FFCPH)”.
El diputado de Evolución Radical Martin Tetaz justificó el rechazo al proyecto al afirmar que “el UVA es un muy buen mecanismo para permitir la existencia de créditos de largo plazo en países de alta inflación y por eso el planteo nuestro fue no crear un problema donde no existe”.
Uno de los principales puntos del proyecto es que modifica el sistema de actualización de los créditos hipotecarios UVA, definido durante el gobierno de Mauricio Macri, que establece a la evolución de la inflación como parámetro de ajuste de las cuotas.
Además establece la suspensión por un año de los juicios de desalojo, lanzamientos, embargos o cualquier tipo de medidas preventivas o cautelares en trámite sobre aquellas viviendas adquiridas a través de este tipo de crédito.
El proyecto contempla que, al momento de ejercer la opción, la cuota a abonar por los tomadores de ese tipo de crédito no deberá superar el 30% de los ingresos de los deudores.
Asimismo, quienes estén alcanzados por el impuesto a las Ganancias podrán deducir anualmente hasta tres salarios mínimos, mientras que los deudores podrán vender su propiedad y el crédito existente.
Además, el proyecto prevé en caso de que el deudor se encuentre en cese laboral, el Fondo se hará cargo de hasta tres cuotas.