Los ocho rugbiers acusados de asesinar a Fernando Báez Sosa el 18 de enero de 2020 a la salida del boliche “Le Brique” en Villa Gesell fueron encontrados culpables del crimen del joven, cinco de ellos a prisión perpetua como coautores y tres a 15 años de cárcel como partícipes secundarios, según el fallo leído este lunes por el Tribunal Oral en lo Criminal Número 1 de la ciudad bonaerense de Dolores
Máximo Thomsen, Enzo Comelli, Matías Benicelli, Luciano Pertossi y Ciro Pertossi recibieron la sentencia a cadena perpetua; por su parte, Blas Cinalli, Ayrton Viollaz y Lucas Pertossi fueron considerados partícipes secundarios y recibieron una pena de 15 años de cárcel, más allá que el abogado defensor, Hugo Tomei, había pedido la absolución de todos.
Los jueces pidieron además que se investigue a Juan Pedro Guarino y a Tomás Colazo, dos de los rugbiers que no llegaron a juicio oral, por los delitos de falso testimonio, tal como había sido solicitado la fiscalía.
NA
El Tribunal Oral en lo Criminal Número 1 de Dolores, integrado María Claudia Castro, Emiliano Lazzari y Christian Rabaia, determinó que quedó probado el delito de “homicidio agravado por alevosía y por el concurso premeditado de dos o más personas”, que era la carátula que había pedido tanto la fiscalía -a cargo de Juan Manuel Dávila y Gustavo García- y el particular damnificado, encabezado por los abogados Fernando Burlando y Fabián y Facundo Améndola en representación de los padres de la víctima.
Hugho Tomei, el abogado de los condenados –Máximo Thomsen (23 años), Enzo Comelli (22), Matías Benicelli (23), Blas Cinalli (21), Ayrton Viollaz (23), Luciano Pertossi (21), Ciro Pertossi (22) y Lucas Pertossi (23)- había solicitado la absolución de los ocho acusados porque sostuvo que existió una “incongruencia” entre la imputación original con la que llegó a juicio y la que la fiscalía planteó en su alegato, pidió la nulidad del secuestro de los celulares y prendas de vestir de los imputados al momento de ser detenidos, y dedicó parte de su argumentación a cuestionar distintos procedimientos de la causa y el tratamiento mediático recibido por el hecho.
El abogado defensor de los rugbiers había pedido que en caso de ser condenados sus clientes como mucho que fuese por un “homicidio preterintencional” que, de acuerdo al Código Penal se lo considera al que, con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud de otra persona, produce su muerte, cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte.
En este caso, las penas hubieran sido desde los 3 a los 6 años de prisión, por lo que si ya llevan tres años encarcelados con prisión preventiva, se les hubiera permitido que también sean liberados con la máxima pena.
Asimismo, Tomei en su alegato solicitó que también podría entrar la carátula de un “homicidio en riña”, que va de los 2 a los 6 años de prisión, por lo que se habrían ido a su casa también.
Se estima que los rugbiers serían trasladados al Penal de Sierra Chica, aunque eso no está aún confirmado, mientras que el entorno de los acusados buscaría que los lleven al penal de Campana para estar más cerca de sus familiares para cuando sea el día semanal de visita. Por ahora, pasarán la noche en el penal de Dolores, donde estuvieron alojados durante todo el juicio.
