En plena feria la Cámara Federal anuló dos procedimientos antidrogas basados en el “olfato” policial

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La Cámara porteña emitió dos duros fallos donde anula procedimientos, avalados en primera instancia, donde los policias actuaron por instinto ante las caras y el nerviosismo de los sospechosos. Los detenidos tenían drogas en su poder.

En dos fallos durísimos firmados en pleno receso invernal, cuando solo se resuelven temas de mucha urgencia, la sala de turno de la Cámara Federal porteña anuló procedimientos de la Policía Federal porque sus efectivos se basaron en su olfato a la hora de interceptar en la calle, revisar y luego detener a dos personas por venta de estupefacientes. Las causas fueron anuladas pese a que se encontró droga en su poder.Los dos procedimientos se hicieron con días de diferencia en abril y mayo pasado en jurisdicción de distintas comisarías, tuvieron el mismo modus operandi por parte de la fuerza de seguridad dependiente del Ministerio del Interior y llamativamente fueron avalados por la justicia de primera instancia, en causas a cargo de la juez federal María Servini de Cubría y del juez federal Sergio Torres.Pero al declarar la nulidad de ambos, los camaristas Eduardo Freiler y Jorge Ballestero advirtieron que la policía tiene  normas muy estrictas que en casos excepcionales la habilitan a “proceder a la detención de un ciudadano prescindiendo de orden judicial”. “La decisión de detener y requisar a una persona no queda sujeta a la absoluta discrecionalidad policial, sino que deben mediar razones de urgencia que objetiva y razonablemente justifiquen tal proceder”, y estos no parecen haber sido los casos, según los fallos a los que accedió Gaceta Mercantil.En uno de los episodios, los camaristas directamente revocaron el procesamiento con prisión preventiva dictado por Servini de Cubría, sobreseyeron y ordenaron la inmediata liberación del detenido, Hernán Sayegh. El joven fue abordado por dos oficiales de la comisaría 31 de la Federal el 28 de mayo pasado a las 3.15 de la madrugada en Federico Lacroze y Amenabar porque él y sus dos acompañantes “denotaron una transformación en su rostro” cuando vieron aproximarse un patrullero.Según declaró el oficial subinspector que participó del operativo, ello los motivó a bajar del vehículo policial para identificar a los “sujetos” y al revisarlos, tras llamar a dos testigos, se encontró droga en poder de Sayegh.El otro participante del operativo, el agente Aubry Silveiro, dijo que los tres individuos -dos hombres y una mujer que charlaban junto a una moto- “al darse cuenta de la presencia del móvil policial se mostraron nerviosos, desfigurándose sus rostros, como si fuera que se perseguían por algo que querían ocultar”.Pese a que se encontró droga en la ropa del joven, la causa cayó porque fue nulo su inicio, remarcaron los jueces. “Las genéricas y ambiguas referencias policiales sobre la supuesta `transformación de rostro’ y sus subjetivas afirmaciones” no alcanzan para detener sin orden judicial previa.El 29 de abril Carlos Palomino Prado fue interceptado por policías de la comisaría 37 en la calle y al revisarlo le encontraron siete envoltorios con cocaína en el bolsillo de su campera. El subinspector Cristian Rodriguez contó que ese día a las 18.50 observó al hombre en avenida Elcano y Fraga. “Viraba su cabeza hacia ambos lados, como si esperara a otra persona, denotando signos de persecución” y cuando le exhibieron las credenciales “el hombre se puso aún más nervioso, comenzando a titubear en su habla”.Ante este relato, los camaristas advirtieron “la existencia de vicios de caracter absoluto respecto del procedimiento policial practicado que obliga a la declaración de nulidad del acta inicial y de todo lo actuado en consecuencia”.Los policías sólo pueden detener sin orden judicial ante “indicios vehementes de culpabilidad y peligro inminente de fuga”.  Según los fallos, lo hecho por la policía invade los derechos individuales del detenido y no se ajusta a ningún procedimiento legal porque mostrarse nervioso, titubear o mirar raro no son motivos suficientes para iniciar un procedimiento policial sin orden judicial, remarcaron.”Las restricciones a la libertad de una persona como la intromisión a su ámbito personal de intimidad no solo se encuentran amparadas por lasl eyes procesales sino que tambien poseen un amplio sustento en nuestra Constitución Nacional”, concluyeron.El 15 de mayo, Palomino fue sorprendido otra vez a la entrada de un restaurante con droga en su poder, esta vez sí fue detenido con aval judicial y por este procedimiento la Cámara le confirmó el procesamiento con prisión preventiva.

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