La Cámara Federal porteña también revocó los procesamientos de Arribas y Majdalani, titular y vice de la AFI durante el gobierno de Cambiemos.
El expresidente Mauricio Macri fue sobreseído este viernes por la Cámara Federal porteña en la causa por el supuesto espionaje a los familiares de los tripulantes del submarino ARA “San Juan”, que se hundió en el mar Argentino en 2017.
“Ganó la verdad. La verdad aún puede ganar en la Argentina. No perdamos la fe. Cada vez falta menos para que la Argentina cambie para siempre”, celebró Macri en Twitter el fallo a su favor.
Según el fallo de los jueces Mariano Llorens, Pablo Bertuzzi y Leopoldo Bruglia, no se cometió delito alguno en la producción de informes de inteligencia en los que se incluyó información de los familiares de las víctimas del submarino que se hundió en 2017 y vincularon la “actividad desplegada” con la seguridad presidencial.
Ganó la verdad. La verdad aún puede ganar en la Argentina. No perdamos la fe. Cada vez falta menos para que la Argentina cambie para siempre.
— Mauricio Macri (@mauriciomacri) July 15, 2022
El fallo también revocó los procesamientos que pesaban sobre los exjefes de la Agencia Federal de Inteligencia (AFI) durante el Gobierno de Cambiemos, Gustavo Arribas y Silvia Majdalani, y dispuso que se los siga investigando en el marco de la causa en la que se investigan supuestas maniobras de espionaje político desde las denominadas bases AMBA, en relación al Área Metropolitana de Buenos Aires.
Los familiares de los tripulantes del submarino hundido apelarán el fallo que contradijo lo que había afirmado el juez federal de Dolores, Martín Bava, al procesar a Macri.
El 1° de diciembre pasado, el juez de Dolores había encontrado al expresidente responsable de permitir la realización de tareas ilegales sobre los familiares de los tripulantes del “San Juan” y de haber utilizado esa información para evitar la imagen de su gobierno se viera afectada.
En el fallo de este viernes, los camaristas federales porteños aseveraron que “existe suficiencia probatoria para afirmar que las actividades desplegadas tuvieron como único objetivo la seguridad presidencial y/o la seguridad interior, y por esa razón se encuentran justificadas”.
“La evidencia reunida permite tener por corroborado que la injerencia de este organismo en esta actividad –mediante los informes objeto de imputación- fue realizada en el marco de sus atribuciones, siendo que la potencial existencia de un riesgo contra la seguridad del Presidente es un objeto específico de la inteligencia nacional”, escribieron Llorens, Bruglia y Bertuzzi.
“Los informes que conforman los hechos de reproche, se evidencian claramente como actividades tendientes a preservar las instituciones constitucionales –entre las que se encuentra la figura presidencial y/o la seguridad interior-. Ello, frente a cualquier riesgo, como por ejemplo la supervisión de movilizaciones que podían circundar las visitas presidenciales y/o los acercamientos a su figura y/o a su residencia, todo lo cual resulta atendible dentro de los propósitos que inspiran a la inteligencia en este ámbito”, sostuvieron.
“Corresponde revocar los autos de procesamiento apelados y disponer la desvinculación definitiva de los encartados en este proceso, dejándose consecuentemente sin efecto las medidas cautelares fijadas”, concluyeron.
