El ex presidente del Banco Central fue beneficiado con una medida inesperada por parte de la sala II de la Cámara Federal porteña.
Según la resolución a la que accedió Gaceta Mercantil, los camaristas adjudican todo el mérito de su decisión a falencias en los fundamentos usados por el juez de primera instancia para procesarlo y le ordenan retomar la pesquisa para en base a otros elementos de más peso en la causa volver a decidir su situación procesal en este tema.
Por ahora Pou quedó en situación indefinida, a la espera de otro pronunciamiento de Oyarbide, a quien sus superiores instruyeron para que avance sobre sociedades y bienes que tendría el ex funcionario en el exterior a nombre de terceros, todos conocidos o vinculados a su círculo personal.
Es que según explicaron a este portal fuentes que tuvieron directa incidencia en la redacción del fallo, el juez sólo uso para acusar a Pou datos sobre diferencias de precios en la compra de acciones y la suma para Oyarbide sin justificar de más de un millón de pesos que para los camaristas está probado obtuvo Pou de la división de bienes de su divorcio: estaba casado con Edelmira Carrasco, una de las dueñas de las bodegas Navarro Correa y recibió ese dinero como bien ganancial cuando éstas se vendieron, tras un conflictivo proceso de separación matrimonial, según dio por acreditado la Cámara, un argumento que el juez no había creído.
Oyarbide había embargado a Pou por cuatro millones de pesos, algo que también quedó sin efecto por ahora.
En concreto los camaristas Horacio Cattani, Martín Irurzun y Eduardo Farah mencionaron críticas hechas al juez por la Oficina Anticorrupción referidas a la falta de avance en el procesamiento sobre un supuesto “complejo modus operandi del nombrado Pou en cuanto a la ocultación de bienes y operaciones económicas…” ya que “a lo largo de la extensa instrucción se ha constatado que importantes bienes registrables y operaciones bancarias y financieras no estaban inscriptos ni figuraban a nombre del ex funcionario, sino que a nombre de diversas sociedades comerciales -en su mayoría off shore- que han sido utilizadas, ni más ni menos, que para sustraer del patrimonio de POU determinados activos”, según la apelación del organismo.
Sobre esto, dijo la Cámara, debería avanzar el juez en la causa.
En el procesamiento dictado en abril pasado y ahora anulado, Oyarbide no tradujo sus fundamentos en “una ‘clara, precisa y circunstanciada´ determinación de los hechos en función de la prueba recogida, en consonancia con las exigencias de la normativa procesal”.
Ante esto ” la decisión atacada no resulta una derivación razonada del derecho vigente que permita considerarlo como un acto jurisdiccional válido”.
“Se redujo la investigación a una simplificación numérica en base a la diferencia existente entre lo consignado” en las declaraciones juradas de Pou “y las constancias reunidas en la causa que daban cuenta de un valor distinto”, advirtieron los jueces.
Para la Cámara la resolución donde se procesó a Pou “contiene una fundamentación tan solo aparente, que contraría lo dispuesto en los artículos 308 y 123 del Código Procesal Penal de la Nación, cuyo vicio no puede ser salvado en esta instancia por lo que habrá de decretarse su nulidad” .
Entre las evidencias cuestionadas “el valor de la venta de acciones correspondiente a la empresa Orandi y Massera S.A. y a la sociedad Timenpó S.C.A. plasmado en la DDJJ. ($ 405.000 y $ 395.000, respectivamente) y cuanto surge de otros elementos de prueba incorporados a la causa que sostienen un precio inferior”.
“Ese fundamento cae por su propio peso en base a la inconsistencia de su desarrollo por cuanto se procura responsabilizar al imputado por transacciones comerciales cuyo monto, en base a la prueba que maneja el magistrado, resultaría menor al declarado ($ 350.000 para Orandi y Massera S.A. y $ 350.000 para Timenpó SCA, respectivamente)”, evaluaron.
Según la Cámara, “lo relevante hubiese sido determinar si esas acciones, que se encontraban dentro de su acervo, hallaban correlato con sus ingresos y no ampararse en una diferencia que en sí misma no habilita la imputación de la conducta típica investigada”.
La causa investiga un supuesto enriquecimiento en los años 1992, 1996 y 1997.
Aparte de esta causa, Pou está con procesamiento confirmado por la Cámara Federal en una causa por supuesta administración fraudulenta en la liquidación del Banco Medefín, con un embargo de medio millón de pesos.
Hacia el 2000 estuvo procesado por la caida de los Banco Mayo y Patricios pero la Cámara Federal revocó los procesamientos que había dictado el ahora ex juez Gabriel Cavallo. En relación a estas causas también se lo había acusado por discriminación por haber dicho que no eran necesarios los bancos de las colectividades, pero esto no prosperó en el terreno judicial.