Por qué Argentina deberá pagar al menos US$ 4.920 M a “fondos buitre” por la expropiación de YPF

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La República Argentina le pidió a la justicia de EEUU no pagar más de 4.920 millones de dólares por el reconocimiento de daños en el juicio iniciado por dos fondos buitre por la expropiación de YPF durante el segundo gobierno de Cristina Kirchner.

La presentación fue realizada por el estudio jurídico Sullivan & Cromwell LLT en representación del Estado argentino y formó parte de las audiencias convocadas por el Tribunal del 2do Distrito Sur de Nueva York en el marco del juicio por la estatización de la petrolera, cuyas audiencias terminaron este viernes, aunque no hay fecha cierta para que se conozca el fallo.

En ese litigio resta definir el monto de los resarcimientos que deberá afrontar el país tras la expropiación de YPF y que reclaman los fondos Burford y Eton Park.

Para determinar el monto a pagar, la jueza estadounidense Loretta Preska analizará los escritos que presenten las partes, entre ellos el presentado por el bufete jurídico que patrocina a la Argentina.

Esa indemnización estaría determinada en función tanto de la fecha en que el Estado nacional obtuvo el control de las acciones de YPF sujetas a expropiación, como de la tasa de interés que se fije por la demora en la actualización de la indemnización. Dicho monto puede variar, según estimaciones, entre 4.920 y 16.000 millones de dólares.

En cuanto a la fecha en que la Argentina obtuvo el control de las acciones sujetas a expropiación, los dos fondos demandantes señalan que fue el 16 de abril de 2012, fecha en que se envió el proyecto de ley de expropiación al Congreso, al tiempo que por decreto se designó un interventor del Ejecutivo para desplazar al directorio de YPF.

La contraparte, el Estado argentino, responde que los daños económicos deben calcularse tomando como parámetro la fecha del 7 de mayo de 2012, cuando entró en vigor la Ley 26.741 (que declaró la utilidad pública y la expropiación), ya que fue en ese momento que se comenzó a ejercer el derecho político y económico de las acciones.

El 31 de marzo pasado la magistrada falló contra la República Argentina y eximió de responsabilidades a YPF, pero no determinó el monto a pagar como resarcimiento.

¿Por qué hay “fondos buitre” en el juicio?

Burford es un fondo que compra juicios “baratos” con la expectativa de hacer una gran diferencia. En este caso, adquirió a la justicia española la posibilidad de demandar a la Argentina por la quiebra de Petersen Energía Inversora y Petersen Energía, ambas compañías que la familia Eskenazi creó en ese país para esquivar el riesgo jurídico doméstico antes de comprar una parte de YPF, en 2008.

Burford pidió que el problema se resuelva de forma expeditiva, establecer cuáles fueron los daños que llevaron a la quiebra de Petersen Energía Inversora y Petersen Energía y fijar los montos que la Argentina debería pagar por ello.

La estatización fue decidida en 2012 por la entonces presidenta, Cristina Kirchner, y fue motivo de un enfrentamiento entre ella y el actual presidente, Alberto Fernández, quien fue uno de los asesores letrados de los Eskenazi.

Los demandantes sostienen que al momento de la estatización no se cumplió con los estatutos de la compañía, según los cuales quien se quedara con el 51% debía hacerle una oferta al resto de los socios.

El Gobierno no convenció a Preska en su intento por demostrar que la compra de las acciones de YPF por parte de los Eskenazi habría sido fraudulenta, algo que la familia siempre negó taxativamente.

El planteo de la defensa Argentina

Argentina plantea que “el tribunal debe ejercer discreción para no otorgar intereses previos al fallo” y que “el tribunal no debe inflar aún más las enormes ganancias inesperadas de los demandantes con intereses previos al fallo”.

Más adelante, los letrados consideran que “los demandantes recibirán una ganancia inesperada bajo cualquier escenario, que el grupo Petersen se benefició durante años por el deterioro de YPF que condujo a la expropiación, y que cualquier otra indemnización por daños exacerbará los desafíos económicos actuales de Argentina”.

Los patrocinantes del Estado argentino pusieron énfasis en que “los daños deben basarse en el cálculo corregido del precio de la oferta pública del 7 de mayo de 2012 sin intereses previos al fallo”.

En la diferencia de la base de cálculo se especifica que “usando los datos de ganancias disponibles del cuarto trimestre de 2009, los daños de los demandantes para el 16 de abril de 2012 son casi 3 mil millones de dólares menos”.

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