Ya que el reposo es por \”prescripción médica y no por enfermedad\”, no hay \”delegación de facultades\”, explicó Roberto Boico.
El abogado constitucionalista Roberto Boico explicó hoy (lunes 7) que la presidenta Cristina Kirchner puede mantener las facultades de su investidura porque “el reposo es por prescripción médica y no por enfermedad”.
La presidenta puede tomar licencia por indicación médica y no por eso delegar facultades de su investidura, lo que sólo podría hacer a través de un decreto que lleve su firma, conforme lo establece el artículo 88 de la Constitución Nacional, explicó Boico.
“En este caso concreto, como no hay incapacidad ostensible para que la Presidenta ejerza sus funciones, porque el reposo es por prescripción médica y no por enfermedad, no hay delegación de facultades”, dijo el constitucionalista en declaraciones formuladas esta mañana a radio “Rivadavia”.
Agregó que “la decisión de delegar facultades es una decisión que debe tomar la primera mandataria por propia voluntad”, porque no existe en este caso una causal como para que exista “una auténtica delegación de facultades”.
El artículo 88 de la Constitución Nacional establece que para delegar facultades la Presidenta debería tomarse licencia y dictar un decreto en el que delegue las facultades propias de su investidura al vicepresidente, dijo.
El constitucionalista indicó asimismo que “en este caso en particular, como no hay tal decreto, no existe una auténtica delegación de facultades”.