Una jueza neuquina hizo lugar al amparo presentado por el juez Orlando Arcángel Coscia para que se inicie el trámite jubilatorio con la acreditación de la mera presentación de su renuncia.
El juzgado federal N°1 de Neuquén declaró parcialmente inconstitucional la ley que obliga a los jueces a renunciar a sus cargos para poder iniciar el trámite jubilatorio.
La magistrada María Carolina Pandolfi hizo lugar a un recurso de amparo presentado por el camarista Orlando Arcángel Coscia.
“Lo expuesto es suficiente para hacer lugar a la acción y declarar la inconstitucionalidad del art. 9 inc. b de la ley 24.018, y del art. 2 inc. e del Anexo I de la Resolución 10/2020 SSS, normas ambas que devienen en consecuencia inaplicables al actor. Ello así, no resultando un obstáculo que el mismo permanezca en el cargo para la obtención del beneficio previsional”, indica el fallo.
Coscia, magistrado de Cámara del Tribunal Oral en lo Criminal Federal deesa provincia, interpuso una acción de amparo para que se inicie el trámite jubilatorio con la acreditación de la mera presentación de su renuncia supeditada, “prescindiendo del requisito del cese definitivo en el cargo que dichas normas exigen”.