El Ejecutivo estima que de este modo se destrabarán los negocios futuros del complejo sojero.
El ministerio de Agroindustria modificó la forma de liquidar los derechos de exportación en operaciones futuras de la soja y sus subproductos, aplicándose las alícuotas vigentes para el período de embarque declarado por el exportador al momento de registrar las Declaraciones Juradas de Venta al Exterior (DJVE).
La cartera que conduce Luis Miguel Etchevere estima que con esta medida se destrabarán los negocios futuros del complejo sojero, vitales para la generación de divisas para el país, y a la vez trasladará la rebaja de la alícuota futura al sector productivo.
El decreto 265/2018 modifica el 1343 de 2016 sobre la reducción mensual de la alícuotas de los derechos de exportación para el complejo sojero.
En ese sentido, Agroindustria complementará esa norma con la publicación inmediata de una resolución que establecerá un nuevo sistema para el registro de DJVE.
Así se regresará al criterio original, de cuando se dictó la Ley 21.453, de registrar las declaraciones por período de embarque estimado por el exportador.
Además, se conservará la vigencia de 360 días para las DJVE, tiempo dentro del cual estará comprendido dicho período de embarque.
Se incorporarán también una serie de datos a informar por el exportador sobre el comprador, para cumplir con las exigencias de la Dirección General de Aduanas, dependiente de la Administración Federal de Ingresos Públicos sobre “precios de transferencia”.
De esta manera se establecerá un sistema distinto para las cargas a granel de las que vayan en contenedores.
La Subsecretaría de Mercados Agropecuarios otorgará las prórrogas y los cumplidos sin sanción sobre las Declaraciones Juradas y a partir de su firma, comenzará a establecer valores FOB oficiales por mes de embarque para una serie de productos, para lo cual se han firmado convenios de información con distintas Instituciones.
Fuente: Agroindustria