A cinco años de la sanción de la Ley 27.447 de Trasplante de Órganos, Tejidos y Células, más conocida como “Ley Justina”, la tasa de interrupciones de procesos de donación por oposición familiar que antes se ubicaba en torno al 40% a nivel nacional se redujo al 10%, mínimo histórico desde que se realiza ese conteo.
El presidente del Instituto Nacional Central Único Coordinador de Ablación e Implante (Incucai), Carlos Soratti, consideró que esa disminución en la oposición a donar órganos es uno de los “impactos más inmediatos y notables” de la “Ley Justina”, que este martes cumple cinco años.
La normativa, que lleva el número 27.447, sancionada por unanimidad el 4 de julio de 2018, suprimió el requisito de certificación familiar de que la persona fallecida no hubiera expresado una “última voluntad” en la que se oponía a la donación.
“Suprimir el requisito de certificación familiar hizo que en Argentina se incrementara el número de donantes de manera importante y se redujeran aquellas interrupciones por oposición familiar, como se llamaba entonces”, indicó Sorastti en declaraciones a la agencia estatal Télam.
“Hoy en día casi no llegan al 10%. Hubo una disminución muy importante. Ese fue uno de los impactos más inmediatos y notables de esa modificación de la ley”, el médico con especialización en Terapia Intensiva.
La norma fue elaborada por el Incucai junto con el impulso de la familia de Justina Lo Cane, la niña de 12 años fallecida en noviembre de 2017 mientras esperaba un corazón para ser trasplantada.
Entre los principales cambios, la ley hace efectivo el consentimiento presunto, lo que implica que todas las personas mayores de 18 años son consideradas donantes, salvo aquellas que manifiesten expresamente lo contrario.
Se puede manifestar la voluntad afirmativa o negativa hacia la donación a través de la app Mi Argentina, firmando un acta de expresión en el Incucai o en los organismos provinciales de ablación e implante; solicitando que quede asentado en el DNI; o enviando un telegrama gratuito a través del Correo Argentino.
La normativa también explicita los derechos de donantes y receptores tales como la intimidad, la privacidad, la confidencialidad, la integridad, la información y el trato equitativo e igualitario.
Otro de los aportes más significativos es que “por primera vez la ley habla de que la organización sanitaria para mejorar la generación de donantes pasa por el desarrollo de unidades hospitalarias de procuración de órganos”, señaló Soratti.