Blanqueo para construcción: por traer dólares se pagará la mitad de impuestos que con pesos

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El nuevo régimen de incentivo para la construcción (blanqueo) que prevé la exteriorización de capitales no declarados, básicamente dólares, para que regresen al sistema y mejore el nivel de reservas del Banco Central, puede generar una corriente de demanda de dólares “blue”.

El Gobierno publicó en el Boletín Oficial el decreto que reglamenta la prórroga de la Ley 27.679, la cual establece el régimen para la regularización de capitales no declarados con el objetivo de fomentar inversiones en el sector de la construcción. 

Ahora solo falta la resolución de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) y la habilitación de las cuentas especiales por parte del Banco Central.

Sucede que ante el mismo valor equivalente en pesos o en moneda norteamericana, se pagará la mitad en impuestos si lo que se blanquea es moneda extranjera.

La ley establece que los contribuyentes que exterioricen sus fondos, sea pesos o dólares, entre el 22 de agosto de este año y el 19 de noviembre pagarán un impuesto especial del 5%; entre el 20 de noviembre y el 17 de febrero, del 10%; y entre el 18 de febrero de 2023 y el 16 de agosto del año próximo, del 20%. De esa manera, se busca incentivar la exteriorización temprana.

Los que quieran hacer uso del blanqueo deberán depositar los fondos no declarados en lo que la ley denomina como “Cuenta Especial de Depósito y Cancelación para la Construcción Argentina (CECON.Ar)” en un banco.

Como la ley no hace diferencia entre moneda local o extranjera, la medida puede generar una demanda de dólar blue. Sebastián Domínguez, socio de SDC Asesores Tributarios, lo explica con el siguiente ejemplo: una persona que blanquea u$s200.000 y otra que hace lo propio con el equivalente al valor del blue en moneda nacional, $58.400.000. “La persona que blanquea u$s200.000 deposita los fondos hoy y debe convertirlos a pesos al tipo de cambio oficial de 138,12 = $27.624.000 (para determinar la base sobre la que se calcula el tributo). El impuesto del 5%, asciende a $1.381.200. En cambio la persona que blanquea $58.400.000 debe pagar el 5%, que asciende a $2.920.000”, señala Domínguez.

Por eso, no se descarta que los que quieran exteriorizar fondos en moneda local primero traten de acceder a dólares ilegales, para luego entregarlos al Banco Central y pagar menos. Es que la porción de los fondos ingresados en divisas que no vaya a pagar el impuesto podrá permanecer en moneda extranjera y, luego, cuando la persona vaya a invertirlos puede convertirlos a pesos al valor del dólar MEP.

El atractivo que puede tener el régimen es que la persona no se queda con pesos, que pierden valor por la inflación, sino que los tiene que invertir en proyectos de construcción.

Los proyectos inmobiliarios elegibles para las inversiones son aquellos que correspondan a obras privadas nuevas iniciadas a partir del 12/03/2021, sean construcciones, ampliaciones, instalaciones, entre otras, y que, de acuerdo con los códigos de edificación o disposiciones semejantes, se encuentren sujetos a denuncia, autorización o aprobación por autoridad competente.

Fuente: Ámbito

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