Hija de Moyano deberá devolver 600 mil dólares en una causa por lavado de dinero

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La Cámara Federal platense confirmó la decisión del juzgado de Lomas. El dinero estaba en la casa de Karina Moyano, allanada en una causa por narcotráfico.

La Cámara Federal de La Plata confirmó este miércoles la decisión que se había tomado durante la instrucción del caso en un juzgado de Lomas de Zamora y Karina Moyano, hija de Hugo, el líder camionero, le retendrán  600 mil pesos y 434 mil dólares en un expediente por lavado de dinero.

Ese monto de dinero fue encontrado en su casa durante un allanamiento que se realizó en un caso de narcotráfico, pero además se sigue investigando el origen de los fondos.

Aunque su abogado defensor anticipó que apelará la medida, ya hay en sede judicial una resolución firme para que la hija del sindicalista devuelva el dinero cuestionado.

Para el titular del gremio de Camioneros el caso se vincula con una campaña mediática en su contra. “No respetan a los jueces con autoridad como el juez (Federico) Villena”, sostuvo, y cuestionó al diario La Nación, que informó sobre los contratiempos judiciales de su hija. 

En el juzgado federal de Lomas se inició en 2018 el expediente por supuesto narcotráfico en cuya investigación intervino el titular de la Procuraduría de Narcocriminalidad (PROCUNAR), Diego Iglesias. 

En ese caso fueron allanados varios domicilios, uno de los cuales fue el de Karina Moyano, pero por un cambio de composición de los juzgados, la causa siguió en el despacho del juez Juan Pablo Augé pero delegada en la PROCUNAR.

Durante la feria judicial de este último verano, el juez Villena subrogaba el juzgado de su colega Augé y fue entonces cuando dictó el sobreseimiento de la hija del líder sindical y ordenó que se le reintegrara el dinero.

El agravante de la situación es que la medida se tomó mientras se encontraba la investigación delegada en la PROCUNAR, cuyo titular  terminó denunciando ante el Consejo de la Magistratura al juez Villena y reclamó su juicio político.

En la presentación, el fiscal Iglesias junto a su colega Cecilia Incardona, indicó que Villena “habilitó la feria sin existir ninguna de las causales normadas” en el Código Procesal y el Reglamento para la Justicia Nacional, “y le imprimió el veloz trámite de tres días a dos pedidos que no se fundan en una sola razón de urgencia”, fijándoles un plazo de 24 horas para responder una vista, plazo que luego el mismo juez no respetó.

Por otro lado, denunciaron que se dictó la resolución de sobreseimiento de una persona (Karina Moyano) “sin conocer las constancias del expediente, sin tener a su cargo la investigación y sin ser el juez natural del caso”.

Mientras se realizaba aquella presentación, Augé se reintegró a su juzgado, firmó la nulidad de lo resuelto por su colega Villena y ordenó a la hija de Moyano que devolviera el dinero, medida ahora que fue confirmada por la Cámara platense.

“El hecho de que nos encontrábamos ante una causa delegada en cabeza del Ministerio Público Fiscal, implica una transferencia de la responsabilidad en el impulso de la investigación en cabeza del titular de la acción penal, y resulta más grave que Villena era, al momento de tomar dicha decisión, juez de feria”, sostiene el fallo.

Bajo este mismo lineamiento, el camarista César Álvarez rechazó el argumento de la defensa de Karina Moyano, quien señaló que hubo “animosidad” en la medida judicial.

La réplica a ese argumento fue que la decisión “ni es parte de ninguna guerra judicial ni persecución de ningún tipo a la familia Moyano, y menos aún como parte de un ataque general al sindicalismo combativo de nuestro país ni como un capítulo del llamado ‘lawfare’”.

Por otro lado, analizó el magistrado, “lo que me persuade de que estamos ante una decisión acertada es que una investigación que estuvo en cabeza del juez Villena durante tanto tiempo -y como dice la propia defensa, casi sin actividad respecto de Karina Moyano-, se resuelva intempestivamente en una feria judicial pasando por alto que la causa estaba delegada”.

Por su parte, el camarista Jorge Di Lorenzo dijo que “la circunstancia de que el juez Villena no haya conocido las actuaciones al momento de resolver, torna nulo” todo el procedimiento, incluyendo la devolución de los fondos bajo investigación.

Al momento de explicar este punto, destacó que “se advierte en la resolución anulada una serie de irregularidades en torno a la participación y al cercenamiento de las facultades del Ministerio Público Fiscal que afectaron el debido proceso, provocaron un gravamen irreparable a esa parte y, por tanto, provocaron la invalidez de la decisión dictada”.

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