La norma establece el \”derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también revocar posteriormente su manifestación de la voluntad\”.
El Senado nacional convirtió hoy (miércoles 9) en ley y por unanimidad el proyecto de ley sobre \”muerte digna\”.
Esta iniciativa modifica la Ley sobre Derechos del Paciente en su relación con los profesionales e instituciones de la salud, y establece el \”derecho a aceptar o rechazar determinadas terapias o procedimientos médicos o biológicos, con o sin expresión de causa, como así también revocar posteriormente su manifestación de la voluntad\”.
En el marco de esta potestad, el paciente que presente una enfermedad \”irreversible, incurable o que se encuentre en estado terminal\” tiene el derecho a \”manifestar su voluntad en cuanto al rechazo de procedimientos quirúrgicos, de reanimación artificial o al retiro de medidas de soporte vital\”, advierte el texto aprobado.
Asimismo, el proyecto aclara que \”ningún profesional interviniente que haya obrado de acuerdo con las disposiciones\” de esta legislación \”está sujeto a responsabilidad civil, penal o administrativa\”.
Además, la iniciativa también establece la potestad para el “libre desarrollo de su persona conforme con su identidad de género” y a “ser tratado de acuerdo con su identidad de género y, en particular, a ser identificado de ese modo en los instrumentos que acreditan su identidad respecto de los nombres, imagen y sexo con los que allí es registrada”.
En segundo término, los senadores debatirán el proyecto de ley que otorga a todas las personas el derecho al \”reconocimiento de su identidad de género\”.