Los jueces también pidieron que el tiempo que lleva detenido en Argentina se compute en la pena que le impongan en el país vecino.
Por unanimidad, la Corte Suprema de Justicia confirmó la extradición de Facundo Jones Huala a Chile, tal como lo había dispuesto el juez de primera instancia.
En el país vecino se lo juzgará por los delitos de incendio en lugar habitado y tenencia ilegal de arma de fuego de fabricación artesanal.
El documento, que fue difundido por el Centro de Información Judicial (CIJ), fue firmado por los jueces Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco y Juan Carlos Maqueda que, en voto conjunto, desestimaron los distintos planteos formulados por la defensa de Jones Huala.
Los magistrados descartaron el planteo de los defensores del líder mapuche, que consideraban que la extradición resultaba improcedente por estar referida a delitos políticos o conexos.
Para los jueces, a esa posición le falta fundamentación y argumentación como para demostrar la proporción entre el medio empleado y el objetivo político alegado.
También desestimaron la alegación de la defensa de que en caso de ser extraditado, existiría riesgo de persecución por raza y nacionalidad o de que se aplique “una pena cruel, inhumana y degradante”.
Por último, se dispuso que el tiempo de privación de libertad al que estuvo sujeto el activista durante el trámite de extradición sea computado por las autoridades de chilenas como si éste lo hubiese sufrido en el curso del proceso que motivó el requerimiento.
Los jueces Horacio Rosatti y Carlos Rosenkrantz se pronunciaron en sentido favorable a la procedencia de la extradición con consideraciones propias para desestimar el planteo vinculado al delito político.