El juez federal Martínez de Giorgi llamó a declarar también a Diego Santilli y a la interventora de la AFI, Cristina Caamaño.
El juez federal Marcelo Martínez de Giorgi citó como testigos a Mariano Macri, hermano del expresidente, y a la interventora de la Agencia Federal de Inteligencia ( AFI), Cristina Caamaño, en la causa que investiga el presunto espionaje ilegal durante la administración de Juntos por el Cambio.
En su testimonio al periodista Santiago O’Donnell para su libro “Hermano”, Mariano Macri reveló que el expresidente puso al frente de la AFI a Gustavo Arribas para continuar con “los carpetazos”, “los seguimientos” y “las escuchas ilegales”.
El hermano del exmandatario fue convocado para el lunes 21 de marzo y Caamaño declarará al día siguiente.
Esta decisión del magistrado llega luego de que la Cámara Federal porteña dictaminara que las maniobras de espionaje ilegal fueron obra de “cuentapropistas”.
La decisión judicial tiene lugar días después de que la Corte Suprema suspendiera la ejecución del fallo que obligaba a O’Donnell a entregar las grabaciones que obtuvo en las entrevistas con el hermano menor del expresidente.
La decisión del máximo tribunal no avanzó al fondo del asunto, esto es si las cintas deben o no ser entregadas a Mariano Macri, lo que deberá resolver en otro momento procesal la propia Corte.
Mariano Macri pidió como medida previa a la iniciación de un juicio por daños y perjuicios contra O’Donnell que el periodista entregara todas las grabaciones.
La jueza en lo civil de primera instancia Andrea Imatz hizo lugar al planteo y le ordenó a O’Donnell que lo hiciera, pero la medida fue recurrida por la representación legal del periodista a cargo del abogado Damián Loretti.
El caso llegó a la Corte después de un intrincado y complejo camino procesal. Los jueces Horacio Rosatti, Carlos Rosenkrantz, Juan Carlos Maqueda y Ricardo Lorenzetti consideraron “que los argumentos expresados en el recurso extraordinario y mantenidos en la queja, podrían, prima facie, involucrar cuestiones de orden federal”.
“Eventualmente la decisión recurrida podría generar un perjuicio de imposible reparación ulterior, por lo que la queja es procedente, sin que esto implique pronunciamiento sobre el fondo del asunto”, dijeron los jueces.
El fallo dispuso “la suspensión del procedimiento de ejecución”, es decir dejó en suspenso la orden de entregar las grabaciones.