El Tribunal Superior de Justicia porteño revocó dos fallos en los que se que había anulado un operativo después de que le fuera requerido el DNI a un hombre que había admitido tener un arma de fuego.
El Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad avaló hoy que la Policía Federal pueda pedir documentos a personas en lugares públicos como forma de “prevenir delitos”.
La Corte porteña revocó dos fallos de la justicia en lo Penal y Contravencional que habían anulado un operativo en el que un hombre fue detenido en la estación Constitución de trenes luego de que le pidiera su identificación tras admitir que portaba un arma de fuego.
La Sala Segunda de la Cámara de Apelaciones había ratificado la nulidad de ese procedimiento “por entender que la policía no se encuentra autorizada a impedir la libre circulación -aunque fuese por un tiempo mínimo- y de exigir la exhibición de documentación si no cuenta con un motivo válido para hacerlo”.
sin embargo, la jueza Inés Weinberg sostuvo que “la policía tiene entre sus funciones la de prevenir delitos”, y definió como “prevención del delito a toda actividad de observación y seguridad destinada a impedir la comisión de actos punibles”.
El magistrado Luis Lozano señaló que “la competencia para requerir el documento de identidad está implícitamente reconocida a la Policía Federal en la ley siempre que su ejercicio constituya una ‘actividad de seguridad'” y su colega José Casás, manifestó que el fallo que había anulado el procedimiento “parece haber partido de la equivocada equiparación de la mera interceptación de una persona en la vía pública al solo efecto de solicitar su identificación con su detención o la eventual requisa de sus pertenencias”.
Igualmente, advirtieron que “resultará necesario descartar que la actuación policial haya sido guiada por parámetros discriminatorios” por lo que “la legitimidad del ejercicio de la facultad habilitada dependerá de un estudio de las circunstancias que la rodearon, a la luz de los parámetros antes establecidos, que aún no ha sido efectuado en estas actuaciones”.