Aprobaron el alivio fiscal para entidades sin fines de lucro

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Propone la condonación de deudas hasta agosto de 2021 de mipymes y contribuyentes de ganancias e IVA que deban menos de 100.000 pesos.

La Cámara de Diputados aprobó este miércoles por unanimidad y giró al Senado un proyecto de ley que busca aliviar las deudas tributarias de las entidades sin fines de lucro como bomberos voluntarios, clubes de barrio, fundaciones, organizaciones comunitarias y micro empresas (mipymes).

El proyecto fue aprobado en el recinto por unanimidad de 198 votos afirmativos y ninguno en contra en el marco de una sesión maratónica que se inició poco después del mediodía de ayer y concluirá hoy.

La iniciativa, que comprende a deudas vencidas hasta agosto pasado por un monto inferior a 100.000 pesos forma parte del temario de la primera sesión completamente presencial del cuerpo tras un año y medio.

El proyecto de alivio fiscal fue presentado por el presidente de la Cámara baja, Sergio Massa, pretende dar una señal clara para la salida de la pandemia al fijar la condonación de las deudas tributarias, aduaneras y de la seguridad social para las entidades que conforman el Sistema Nacional de Bomberos Voluntarios (SNBV), previsto por la ley 25.054, y toda otra entidad sin fines de lucro, incluidas organizaciones comunitarias inscritas como fundaciones, asociaciones civiles, simples asociaciones y entidades con reconocimiento municipal.

Al defender el proyecto, el presidente de la comisión de Presupuesto, Carlos Heller, sostuvo que la iniciativa “busca regularizar la situación de deudas que tienen que ver con la pandemia”.

Explicó que, si el Senado la aprueba, se condonarán deudas vencidas hasta 21 de agosto de 2021 de cooperativas, bomberos voluntarios, bibliotecas, clubes de barrio, “y se resolvió incorporar entre los beneficiarios a organizaciones de pueblos originarios”.

Al finalizar los discursos, Massa agradeció el respaldo de los diputados al proyecto, que beneficiará a más de un millón de contribuyentes y más de 150.000 mipymes.

También señala que la condonación alcanza al capital adeudado, intereses resarcitorios y punitorios, multas y demás sanciones, y no comprende los aportes y contribuciones destinados al Régimen Nacional de Obras Sociales ni las cuotas destinadas a las Aseguradoras de Riesgos del Trabajo (ART).

En este caso se proponen planes de pago que tendrán un plazo de hasta 36, 60 y 120 cuotas, según el tipo de deuda o contribuyente.

Además, se amplía la moratoria para la salida del anterior plan de facilidades, tomando en cuenta la deuda vencida hasta el 31 de julio de 2020 al tiempo que se incluyen las deudas desde el 1 de agosto de 2020 al 31 de agosto de 2021.

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