La Corte pisó el freno: redujo al mínimo la actividad judicial hasta fin de mes

El máximo tribunal declaró “inhábiles los días 16 a 31 de marzo para las actuaciones judiciales ante todos los tribunales que integran el Poder Judicial”.

La Corte Suprema de Justicia declaró hoy “inhábiles los días 16 a 31 de marzo para las actuaciones judiciales ante todos los tribunales que integran el Poder Judicial de la Nación” y ordenó reducir al mínimo la actividad judicial hasta el final del mes.

Lo decidió con el fin de responder a la pandemia del coronavirus y acompañar las medidas ordenadas por el ministerio de Salud de la Nación. Previamente, el máximo tribunal había declarado asueto.
 
La decisión del máximo tribunal llega luego de recibir presiones por parte de las autoridades judiciales provinciales y de los gremios de convocar al paro en caso de que no se avanzara con la feria extraordinaria.

Mediante la acordada difundida esta tarde, los ministros de la Corte declarar la feria por “razones de salud pública” originadas “en la “propagación a nivel mundial, regional y local de distintos casos de coronavirus (Covid-19)”.

Estas causales los llevaron a dictar “los actos necesarios para acompañar las medidas dispuestas por el Ministerio de Salud de la Nación, con el fin de preservar la salud del personal del Poder Judicial de la Nación como así también la de todas aquellas personas que concurran los tribunales dependencias que lo integran de forma de contribuir, además, con la contención de la propagación de la infección por coronavirus”.

Además, en razón de lo dispuesto y con el fin de lograr una menor afluencia en los tribunales, la Corte eximió la exigencia de presentar en soporte material las presentaciones de las causas permitiendo que estas se realicen “exclusivamente en formato digital, con firma electrónica”.

A través de la acordada N° 4/ 2020, la Corte dispuso también el uso de los Fondos Anticíclicos con el fin de “equilibrar los recursos en el tiempo y garantizar un nivel adecuado de prestaciones jurisdiccionales”. Estos fondos fueron creados para con el fin de utilizarlos “ante la reducción de los recursos previstos y en situaciones excepcionales o no contempladas que impidan el cumplimiento de los objetivos de Ia jurisdicción”.

Por otro lado, ordenó garantizar una prestación mínima durante el plazo establecido -16 a 31 de marzo- “debiendo cubrirse prioritariamente con los magistrados y/o funcionarios de las dependencias respectivas que no se encuentren dentro de los grupos de riesgo”.

El texto firmado por los miembros del máximo tribunal considera como “de riesgo” a “aquellos magistrados, funcionarios y empleados mayores de 65 años que padezcan enfermedades que los hagan más vulnerables al virus COVID-19, conforme los criterios determinados por las autoridades sanitarias nacionales, mujeres embarazadas, por un plazo inicial de 14 días corridos, sujeto la evolución”.

Para estos casos dispuso la aplicación en el ámbito del Poder Judicial “de una licencia excepcional, con goce de haberes, para todos”.

A su vez, dispuso “suspender la atención al público salvo para las actuaciones procesales en las que resulte indispensable la presencia de los letrados y/o las partes”.

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