Es para las inversiones que se hicieron durante este año y la norma se publicó en el Boletín Oficial.
Con la publicación, hoy, en el Boletín Oficial, rige ya el impuesto a la renta financiera, que pagarán quienes inviertan en plazos fijos y bonos.
Los operadores bursátiles tenían la esperanza de que el Gobierno encontrara la manera de postergar la tasa para un mejor momento económico, pero finalmente se publicó la reglamentación de la ley.
La norma, que surgió de la última reforma tributaria realizada a través de la ley 27.430, grava los resultados en concepto de intereses o rendimientos que se originan por las colocaciones de capital efectuadas desde el 1º de enero de 2018.
Pagarán actividades financieras que antes no estaban alcanzadas por Ganancias como los bonos, los plazos fijos, los alquileres y otras inversiones y para estar alcanzado por el impuesto, las ganancias deberán superar los 66.617,91 pesos.
Los intereses que obtienen las personas físicas por los plazos fijos y por los fondos de inversión, en pesos, estarán alcanzados por el Impuesto a las Ganancias, a la alícuota del 5%. Si esas inversiones se realizan en dólares o con cláusulas de ajuste pagarán el 15%.
Lo único que por ahora no pagarán serán el interés de la caja de ahorro, las operaciones con acciones y la ganancia financiera por tipo de cambio del que posee dólares.
El apuro y las dudas de los operadores se debía a que temen que la nueva norma espante a los ya atribulados inversores y se hundan más los bonos y suba más el riesgo-país.
Además, el impuesto rige para los beneficios ya obtenidos entre el 1º de enero pasado y el 31 de diciembre próximo.
Restan también las resoluciones de la AFIP, que conduce Leandro Ciccioli, que indiquen la manera en que habrá que pagar el impuesto.

