Se entregaron anoche a la Gendarmeria luego de un fallo de Casación que consideró que cometieron el delito de fraude al Estado y no el de evasión fiscal.
Los empresarios Cristóbal López y Fabián de Sousa, dueños del Grupo Indalo, se presentaron ayer a la sede central de Gendarmería, en Retiro, y fueron trasladados anoche a las cárceles de Ezeiza y Marcos Paz, respectivamente, luego de que un fallo de Casación ordenara su detención y volviera a cambiar otro controvertido de la Cámara Federal por el que, el 16 de marzo pasado, habían recuperado su libertad.
Casación consideró que cometieron el delito de fraude al Estado y no evasión fiscal -como la Cámara- al no pagar unos 8.000 millones de pesos en impuestos a los combustibles que recaudaron a través de su empresa, Oil Combustibles.
Los jueces Gustavo Hornos y Eduardo Riggi, de la Sala I de la Cámara de Casación, le ordenaron a la Cámara Federal porteña y al juez federal Julián Ercolini que dispusieran la inmediata detención.
Según publicó el Centro de Información Judicial (CIJ), Hornos consideró en su voto que “no se puede incurrir en una percepción ingenua y sesgada de la real dimensión de los hechos juzgados”.
“Como graves hechos de corrupción vinculados con otras formas de delincuencia, en particular la delincuencia económica, es responsabilidad del Estado la erradicación de la impunidad en virtud de los compromisos internacionales asumidos por nuestro país”, indicó.
Además, resaltó “las amenazas que plantea la corrupción para la estabilidad y seguridad de las sociedades al socavar las instituciones y los valores de la democracia, la ética y la justicia y al comprometer el desarrollo sostenible y el imperio de la ley”.
Hornos concluyó que “la compleja maniobra delictiva montada en el caso por funcionarios de la AFIP: Etchegaray en su entonces rol de Administrador Federal, en clara connivencia con los encausados López y de Sousa, excedieron en su dimensión fáctica y jurídica los límites del específico delito tributario en el que fueron encuadrados los hechos juzgados en la resolución impugnada, en aspectos sustanciales tanto objetivos como subjetivos, toda vez que se investiga en el caso el desarrollo ejecutivo de una clara, compleja y sistemática maniobra defraudatoria en perjuicio de los intereses de carácter económico del Fisco, que constituye el delito de administración fraudulenta en perjuicio de la administración pública”.
Por su parte, el juez Riggi señaló que lo investigado “supera con creces lo que podía considerarse un delito tributario pues no es otra cosa que parte de la estructura delictiva que entre privados y funcionarios públicos se montó en el afán de obtener los recursos del Estado para beneficiarse individualmente”.
En cuanto a la prisión preventiva de López y De Sousa, Riggi consideró que “la extrema gravedad de las imputaciones formuladas, sumada a la contundente prueba recolectada, y aunada al inconmensurable daño causado al Estado por el delito (.) justifican la restricción de la libertad personal”.