Un juez estableció que el Estado Nacional convoque a una audiencia pública de usuarios y consumidores de gas.
Un juez platense estableció hoy que el Estado Nacional convoque a una audiencia pública en la que participen usuarios y consumidores de gas y otro dictó una medida cautelar para que se suspendan los aumentos de luz en la provincia de Buenos Aires.
El titular del juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal N°4 de La Plata, Alberto Recondo, ordenó al ministerio de Energía y Minería de la Nación que conduce Juan José Aranguren que cite a una audiencia pública para tratar las nuevas tarifas públicas del gas natural.
Recondo rechazó un pedido de medida cautelar del Centro de Estudios para la Promoción de la Igualdad y la Solidaridad porque su función como magistrado no es dictar normas administrativas, propias del Ejecutivo, pero le ordenó a Aranguren que convoque a una audiencia pública para todos los usuarios y consumidores.
La audiencia debe celebrarse en el plazo de veinte días desde que su sentencia “adquiera firmeza” y el objetivo será “garantizar la debida participación” de los usuarios en el debate y en la reevaluación de las disposiciones” que modificaron las tarifas del servicio, según el juez.
Además, otro juez, el Contencioso Administrativo N° 1 de la capital provincial, Luis Arias, dictó una medida cautelar que suspende los aumentos en el servicio de luz.
Arias hizo lugar a la medida cautelar solicitada por el Colectivo de Acción en la Subalternidad (CIAJ) y dictaminó que se suspendan “los efectos de las Resolución N° 22/16 dictada por el Ministro de Infraestructura de la Provincia de Buenos Aires, mediante el cual se aprueba el recálculo de los cuadros tarifarios de las distribuidoras de energía eléctrica”.
A través de esta resolución, ordenó a las empresas EDELAP, EDES, EDEA y EDEN que “se abstengan de aplicar a los usuarios del servicio público de distribución de energía eléctrica de la Provincia de Buenos Aires, el régimen tarifario contemplado en dicha norma, todo lo cual implica ajustarse a las tarifas previas a la citada resolución”.